REBAJA EN EL PAGO DE PATENTES MUNICIPALES DE SOCIEDADES DE INVERSIÓN

En el mes de julio, corresponde el pago de patentes municipales y como está asentado por la Jurisprudencia desde hace años, las sociedades cuyo giro es la inversión – es decir no operativas – están afectas al pago de este tributo. La base imponible para el cálculo de la patente, es el capital propio tributario de la sociedad – el que se informa anualmente en la declaración de impuesto a la renta – sobre el cual se aplica una tasa que va entre el 0,25% y 0,5%.

Las Municipalidades de Santiago, Providencia, Las Condes y Vitacura están obligadas a cobrar la tasa más alta ascendente al 0,5%, porque son aquellas que aportan al Fondo Común Municipal.

Existen municipalidades que aplican la tasa mínima del 0,25%, posibilitando que aquellas sociedades domiciliadas en dichas comunas, se beneficien con un ahorro del 50% respecto de la patente máxima.

Por otro lado, la Ley de Rentas Municipales permite a aquellas sociedades que poseen inversiones en derechos o acciones de otras sociedades que también pagan patente municipal, para deducir de su capital propio tributario aquella parte invertida en ellas, reduciendo de esta forma el monto anual a pagar por este impuesto.

En consecuencia, existen dos formas para rebajar el pago de las patentes municipales de las sociedades de inversión:

  • Fijar o cambiar su domicilio tributario a aquellas comunas que cobran una tasa reducida, y
  • Descontar del capital propio tributario, aquella parte invertida en derechos o acciones de sociedades que paguen patente municipal.

Cualquier información que requiera o inquietud al respecto, por favor, no dude en contactar a Camilo Prieto Poklepovic, Abogado y Magíster en Derecho UC (LLM), Mención Derecho Tributario. Socio Castillo & Prieto Abogados. Correo electrónico:cprieto@castilloprieto.cl

Santiago, febrero de 2021